Monseñor
Mazuelos modifica la normativa diocesana de hermandades para ampliar los
supuestos para poder emitir voto por correo
El obispo busca adecuarse más
y mejor a las situaciones, muchas veces interinas y sin empadronamiento, que
llevan a miembros de estas asociaciones eclesiales a otras localidades por
razones laborales u otras
M.C.S.- Las situaciones que surgen,
y ante las que monseñor José Mazuelos de la mano de la Delegación Diocesana de
Hermandades y Cofradías va teniendo conocimiento, han llevado al pastor a
aprobar por decreto una modificación de la normativa diocesana de estas
entidades de modo que queden ampliados los supuestos para poder emitir voto por
correo en Cabildos Generales Extraordinarios de hermanos. Se plantea una
especial atención a situaciones de traslados temporales de carácter laboral o
por estudios.
“Los
hermanos con derecho a voto que vivan fuera de la provincia eclesiástica
peninsular a la que pertenece nuestra diócesis podrán ejercitar su voto por
carta. Lo harán en sobre cerrado dirigido al secretario de la hermandad,
debiendo estar en posesión de éste al menos con una antelación de 24 horas
antes de la celebración de las elecciones, incluyendo además de la papeleta de
votación, contenida en un sobre cerrado, la fotocopia del DNI, certificado de
empadronamiento, certificado laboral o certificado de estudio que justifiquen
la ausencia”, dice el texto corregido.

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